El Banco Central de Venezuela (BCV) fijó -este martes- una nueva escala de tasas de interés mínimas para el sistema financiero nacional, con la novedad de que la totalidad de los depósitos bancarios -incluidas las cuentas corrientes- pasarán a recibir remuneración obligatoria.

La disposición oficial establece que los depósitos a la vista tendrán una tasa de interés mínima de 10 % anual calculada sobre el saldo diario. Todos los depósitos en bolívares serán remunerados a partir de este 15 de septiembre.

La medida impacta de manera directa el flujo de capitales en el país, dado que las captaciones a la vista representan el 93 % de los recursos depositados en la banca y tradicionalmente carecían de rendimiento.

Adicionalmente, el ente emisor incrementó la tasa mínima para los depósitos de ahorro del 32 % al 42 % anual, mientras que el rendimiento mínimo para las colocaciones a plazo fijo subió del 36 % al 46 % anual.

El esquema normativo aclara que las instituciones financieras públicas y privadas están autorizadas para ofrecer rendimientos superiores a estos pisos fijados por la autoridad monetaria.

El BCV ratificó que las tasas de interés se mantendrán como un instrumento activo dentro de la política monetaria para incentivar el uso del bolívar y consolidar el proceso de estabilización de precios en todo el territorio nacional.

Con información del Banco Central de Venezuela